15.
Limitación de daños.EN LA EXTENSIÓN MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY, PRUVIT
Y SUS AFILIADOS, FUNCIONARIOS, DIRECTIVOS, PROPIETARIOS, EMPLEADOS, AGENTES Y OTROS REPRESENTANTES NO
SERÁN RESPONSABLES DE, Y POR EL PRESENTE COMUNICO LO ANTERIOR, Y RENUNCIO A CUALQUIER
RECLAMACIÓN DE CUALQUIER DAÑO INCIDENTAL ESPECIAL, INDIRECTO, PUNITIVO O EJEMPLAR, O DAÑOS
CONSECUENTES DE CUALQUIER TIPO O NATURALEZA, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, DAÑOS POR
BENEFICIOS PERDIDOS, NEGOCIOS PERDIDOS Y OPORTUNIDADES PERDIDAS, SIN IMPORTAR EL CÓMO,
DERIVADOS DE ESTE ACUERDO O DE OTROS ASUNTOS ENTRE PRUVIT Y YO, SI DICHA RESPONSABILIDAD
SE ASEGURA SOBRE LA BASE DEL CONTRATO, AGRAVIO, U OTRA TEORÍA DE RESPONSABILIDAD (INCLUYENDO
PERO SIN LIMITARSE A NEGLIGENCIA, RESPONSABILIDAD OBJETIVA, O DE OTRA MANERA) INCLUSO
SI PRUVIT O SUS AFILIADOS HAN SIDO AVISADOS DE LA RESPONSABILIDAD DE DICHOS DAÑOS.
ADEMÁS, SE ACUERDA QUE CUALQUIER DAÑO A MI PERSONA NO DEBE EXCEDER, Y POR LO TANTO, SE LIMITA
EXPRESAMENTE A LA CANTIDAD DE PRODUCTOS PRUVIT NO VENDIDOS QUE YO TENGA O POSEA, Y
CUALESQUIERA COMISIONES GANADAS, BONOS O ANULACIONES.